Entrada en vigor de la nueva norma de tiempos de conducción y descanso para conductores en México

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La NOM-87-SCT-2-2017  que regula  el número de horas de conducción y los tiempos de descanso obligatorios para los operadores de los servicios federales de transporte motorizado entró en vigor el 28 de agosto de 2018 en México.

Los nuevos estándares son similares a los aplicables en EE. UU. Y Canadá.

Las nuevas regulaciones apuntan a evitar que los conductores de vehículos pesados ​​conduzcan cansados, un factor que juega un papel importante en los accidentes de tráfico. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes señala que ¨existe una relación directa entre el tiempo de conducción y el riesgo de presentar signos de fatiga física, mental o ambas y ocasionar su más trágica manifestación: lesiones o muerte a consecuencia de un accidente de tránsito¨.

De acuerdo con datos del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (STCONAPRA), en México los accidentes viales cada año cobran 16,500 vidas en promedio y le cuestan al país alrededor de 150 mil millones de pesos, lo cual representa el 1.7% del Producto Interno Bruto (PIB)este porcentaje es la suma de costos directos e indirectos de dichos eventos.

Los puntos más relevantes de la ley:

Todo conductor debe realizar una pausa de 30 minutos cuando ha conducido hasta cinco horas continuas, o bien; ésta pausa podrá distribuirse durante un lapso de cinco horas y media de acuerdo a las condiciones de la ruta.

Los periodos de pausa, en ningún caso podrán ser acumulables.

Durante todo el tiempo de conducción, el conductor debe portar la Bitácora de Horas de Servicio y exhibirla a la autoridad competente cuando ésta le sea requerida; la cual debe ser de uso personal e intransferible.

El permisionario del autotransporte federal de pasaje y turismo y transporte privado de pasajeros, está obligado a considerar un segundo conductor cuando el tiempo de trayecto de la ruta exceda las 9 horas. Sólo en servicios directos de pasaje y turismo, cuando el tiempo de trayecto de ruta sea mayor a 5 pero menor a 7 horas, el conductor podrá omitir la pausa de 30 minutos.

El tiempo máximo de conducción en 24 horas nunca podrá exceder las 14 horas.

Consulta el documento oficial:

NOM-087-SCT-2-2017

 

Marben Acosta Teran oversees the overall international B2B marketing strategy for Mexicom Logistics. She is passionate about building a solid brand while creating useful content for its audience. Marben loves learning more about the industry and being part of the Mexicom family.
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