Facturación electrónica México: A partir del 1 de abril de 2023 solo será válido CFDI v4.0 con Carta Porte v2.0
A partir del 1 de abril de 2023, solo será válido CFDI v4.0 con Carta Porte v2.0. Este cambio es obligatorio para todos los contribuyentes en México que transporten bienes y mercancías dentro del Territorio Mexicano. Esto significa que cualquier otra versión del CFDI o Carta Porte no será aceptada por las autoridades fiscales.
El CFDI, o Comprobante Fiscal Digital por Internet, es una factura electrónica utilizada en México para documentar transacciones entre empresas. La ley exige que todas las empresas emitan CFDI por las ventas realizadas dentro del país.
- La versión 4.0 del CFDI incluye nuevos ajustes y validaciones a realizar por el proveedor de certificación para la emisión del complemento Carta Porte.
- El Complemento de Carta Porte es un documento adicional que se debe incluir con el CFDI para los servicios de transporte prestados dentro de México.
- La Carta Porte v2.0 entró en vigencia el 1 de diciembre de 2021 y es obligatoria a partir del 1 de enero de 2022. Esto significa que todos los contribuyentes que transporten bienes y mercancías dentro de México deberán utilizar la Carta Porte v2.0 a partir de esta fecha.
¿Cuáles son los principales cambios en el CFDI v4.0?
Según facturamx, los principales cambios son:
- Se especificará el nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del destinatario de la factura.
- Indicará si las operaciones cubiertas están sujetas a impuestos indirectos.
- Se incluirán nuevos apartados para informar sobre las operaciones con el público en general y las realizadas por cuenta de terceros.
- Se pueden identificar operaciones de exportación de bienes.
- Ya se pueden cancelar las facturas, siempre que se indique el motivo y se haga dentro del plazo establecido.
Información clave y fechas proporcionadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México:
- Se agregaron nuevas validaciones para la emisión de CFDI v4.0 Carta Porte.
- Carta Porte es obligatoria para el transporte de mercancías dentro de México.
- Carta Porte v2.0 es obligatoria desde el 01/01/22, sin penalizaciones hasta el 31/07/23.
- Hay instrucciones para llenar los datos de Carta Porte por tipo de transporte.
- Solo las autoridades federales pueden solicitar la exhibición del CFDI con Complemento Carta Porte.
- Carta Porte será requerida para comercio exterior a partir del 01/08/23.
Para más información, por favor consulte la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, haciendo clic aquí. El SAT es responsable de recaudar impuestos y velar por el cumplimiento de las leyes fiscales en México.
Para más información y recursos sobre la Carta Porte y su correcto llenado, recomendamos consultar los siguientes enlaces:
[Infografía] Nueva prórroga para Carta Porte: cero multas hasta 2023